Reclamación de Alimentos
La pensión de alimentos, según el Artículo 142 del Código Civil, abarca los elementos esenciales para el sustento, alojamiento, vestimenta y atención médica del alimentista, incluyendo la educación hasta la mayoría de edad y más allá en ciertos casos. Este término se refiere a la obligación de pago, generalmente del progenitor no custodio, para cubrir los gastos esenciales de sus hijos menores.
La pensión de alimentos es una contribución económica obligatoria, especialmente protegida por la ley, destinada a los hijos menores y a los mayores no emancipados sin ingresos propios.
Esta pensión abarca los gastos diarios fundamentales del hijo o familiar y debe pagarse durante los doce meses del año, incluyendo periodos vacacionales. Su cuantía puede establecerse en el convenio regulador o mediante sentencia judicial.
Esta es sin duda una de las obligaciones más conflictivas y prolongadas en casos de divorcio. Es crucial contar con asesoramiento legal especializado al redactar el convenio de separación o divorcio para evitar posibles problemas.
¿Quién debe pagar la pensión alimenticia?
Lo más habitual es que el progenitor no custodio pague la pensión de alimentos. No obstante, la creciente adopción de la custodia compartida ha llevado a situaciones donde no se acuerda una pensión fija, ya que ambos padres comparten los gastos cotidianos del hijo durante sus respectivos periodos de custodia, aunque en algunos casos, aún puede acordarse una pensión si hay desequilibrios económicos o circunstancias particulares.
En la pensión alimenticia, hay dos roles: el alimentante, generalmente un progenitor deudor, y el alimentista, comúnmente un hijo beneficiario. Se aplica comúnmente a padres divorciados o separados, pero también puede ser relevante en otras dinámicas familiares.
El alimentista, generalmente el hijo, es quien recibe la pensión y, en el caso de menores, debe convivir con el progenitor que la recibe. Es importante entender que el receptor no es el acreedor directo de la pensión, sino que actúa como administrador de estos fondos en interés del hijo.
Algunos matices relevantes incluyen que el pago se dirige al progenitor custodio, no a los hijos directamente, y debe destinarse a cubrir los gastos e intereses de estos.
La obligación de pagar la pensión no se suspende durante el periodo de vacaciones escolares en que el hijo esté con el progenitor no custodio. Además, la retroactividad no se aplica, y la obligación de pago comienza desde la fecha de la demanda en casos de menores o desde la sentencia en casos de hijos mayores.
En casos donde se hayan acordado medidas provisionales antes de la demanda, este punto debe considerarse al determinar el inicio de la obligación de pago. La actualización anual de la pensión de alimentos se rige por el IPC o como se especifica en la sentencia.
¿Qué gastos incluye la pensión de alimentos?
En la sentencia o el Convenio Regulador se detallan los gastos comprendidos en la pensión alimenticia, estableciendo las obligaciones de pago de manera precisa y clara.
Los gastos de la pensión alimenticia se dividen en dos categorías: ordinarios y extraordinarios. Es crucial definirlos con precisión en el convenio o la sentencia para evitar conflictos futuros.
Gastos ordinarios
Los gastos ordinarios, previsibles y periódicos, abarcan aspectos como vivienda, alimentación, ropa, educación básica, salud y ocio normal. Estos gastos están incluidos en la pensión alimenticia, a menos que se acuerde lo contrario, impidiendo reclamaciones adicionales.
Gastos extraordinarios
Los gastos extraordinarios son imprevisibles y esporádicos, cubriendo necesidades como intervenciones médicas o actividades no esenciales. Estos no están incluidos en la pensión, y el cónyuge custodio puede solicitar que el otro progenitor contribuya al 50% de estos gastos.
La necesidad de un gasto extraordinario determina si se requiere el consentimiento del otro cónyuge, y en casos de desacuerdo, se puede recurrir a los tribunales para obtener la autorización judicial.
Preguntas relacionadas con las separaciones y divorcios
¿Cómo se puede reclamar el pago de las pensiones alimenticias?
Antes de recurrir a un proceso legal, se puede optar por la mediación o entablar un diálogo con el alimentante para buscar una solución amigable. Si no conseguimos resultados positivo, siempre podemos recurrir a un Juez de familia.
Para reclamar el pago de las pensiones alimenticias mediante procedimiento legal, se deben presentar pruebas que demuestren que el alimentante no ha cumplido con su obligación de pago y solicitar la orden judicial correspondiente para exigir el pago.
¿Se puede solicitar una justificación detallada de los gastos?
En la gestión de los fondos, el custodio tiene la responsabilidad de administrar la pensión para cubrir los gastos cotidianos del hijo. Aunque muchos padres no custodios se preguntan si pueden solicitar justificación detallada de los gastos, la administración de la pensión se realiza sin esta necesidad, a menos que haya razones justificadas para cuestionar el uso adecuado de los fondos, lo cual podría llevarse a la vía judicial.
¿Cómo se calcula la pensión alimenticia?
La cuantía de la pensión de alimentos se determina considerando factores como el número de hijos, necesidades y ubicación de los progenitores. Se actualiza anualmente y puede modificarse por cambios familiares. La herramienta del CGPJ se usa para el cálculo, aceptada salvo justificación de otras cantidades. La intervención del Fiscal de Menores es esencial para garantizar la protección de los menores. A diferencia de la pensión compensatoria, la de alimentos no depende de la capacidad de endeudamiento y no puede suspenderse por dificultades económicas. Los criterios para el cálculo incluyen ingresos, custodia, localidad y número de hijos.