Liquidación de Gananciales
El régimen de gananciales ha sido tradicionalmente el modelo económico más común en los matrimonios españoles. Sin embargo, con la evolución de los tiempos y el aumento de separaciones y divorcios, muchas parejas están considerando otras opciones, como el régimen de separación de bienes.
Cuando una pareja se casa bajo el régimen de gananciales, todo lo que se adquiere durante el matrimonio, tanto bienes como ingresos, pertenece automáticamente a ambos cónyuges. Esto significa que, en caso de separación o divorcio, estos activos y ganancias deben ser divididos equitativamente entre los dos.
La liquidación de gananciales es el proceso legal mediante el cual se lleva a cabo esta división equitativa del patrimonio acumulado durante el matrimonio. Este reparto se realiza a partes iguales entre los cónyuges, tomando en cuenta todo lo adquirido desde el inicio del matrimonio hasta la fecha de disolución de la sociedad de gananciales, ya sea por separación, divorcio o cambio de régimen económico matrimonial.
Diferencias entre sociedad de gananciales y separación de bienes
Cuando se acerca el momento de contraer matrimonio, uno de los aspectos cruciales a considerar es el régimen económico que se adoptará. Existen dos principales: el régimen de gananciales y el régimen de separación de bienes.
Régimen de Gananciales: Este régimen se rige por los Artículos 1344 y siguientes del Código Civil. Básicamente, cuando una pareja elige casarse bajo este régimen, todo lo que adquieran durante el matrimonio pertenecerá a ambos por igual, independientemente de quién lo haya adquirido. Así, si uno de los cónyuges compra algo durante el matrimonio, ambos tendrán derechos sobre ese bien en un 50%. Sin embargo, no todos los bienes se dividen de esta manera. Por ejemplo, las herencias y donaciones que reciba uno de los cónyuges se consideran bienes privativos y no se reparten al liquidar los bienes gananciales.
Régimen de Separación de Bienes: Este régimen se establece en el Artículo 1435 y siguientes del Código Civil. En contraste con el régimen de gananciales, aquí cada cónyuge conserva su patrimonio individual. Esto significa que los bienes adquiridos por cada uno durante el matrimonio seguirán siendo de su propiedad exclusiva. No obstante, si ambos contribuyen económicamente a la adquisición de un bien, este se convierte en una copropiedad.
Al decidir el régimen económico, es vital entender estas diferencias para tomar una decisión informada que se adapte mejor a las necesidades y circunstancias de cada pareja.
¿Cómo se disuelve la sociedad de gananciales?
Cuando una pareja decide poner fin a su matrimonio, es esencial entender cómo se deshace la sociedad de gananciales, un régimen económico que comparte las ganancias y beneficios obtenidos durante el matrimonio.
Disolución de pleno derecho
Es una disolución automática que se produce de pleno derecho en los siguientes supuestos:
- Al finalizar el matrimonio, por ejemplo tras un divorcio o el fallecimiento de alguno de los cónyuges.
- Si se declara la nulidad del matrimonio.
- Cuando se aprueba la separación legal.
- Cuando ambos cónyuges acuerdan cambiar a otro régimen económico, como se establece en el Código Civil.
Disolución por decisión judicial
La disolución también puede tener lugar por decisión judicial a petición de uno de los cónyuges en los siguientes supuestos:
- Si un cónyuge tiene medidas legales que le otorgan plena representación en asuntos patrimoniales sobre el otro.
- Si un cónyuge ha sido declarado ausente o en concurso, o condenado por abandono familiar.
- Si un cónyuge realiza acciones patrimoniales fraudulentas, perjudiciales o arriesgadas para los intereses del otro.
- Si la pareja ha estado separada de hecho durante más de un año, ya sea por acuerdo mutuo o por abandono del hogar.
- Si un cónyuge incumple gravemente el deber de informar sobre sus actividades económicas.
Preguntas relacionadas con la liquidación de gananciales
¿Cómo se hace la liquidación de gananciales?
El proceso de liquidación de la sociedad de gananciales sigue una serie de pasos definidos para garantizar una distribución justa de los activos y pasivos entre los cónyuges:
- Formación del Inventario:
- Se realiza una lista detallada de los bienes y deudas que constituyen la sociedad de gananciales.
- Se incluyen bienes como propiedades adquiridas durante el matrimonio, ganancias obtenidas por el trabajo y otros activos compartidos.
- Se registran deudas como préstamos, obligaciones y otros compromisos financieros.
- Liquidación:
- Se pagan las deudas de la sociedad siguiendo un orden de prioridad establecido.
- Se realizan ajustes y compensaciones entre los cónyuges para equilibrar los aportes financieros y las deudas pendientes.
- Se determina el remanente o caudal neto de la sociedad tras deducciones y compensaciones.
- División y Adjudicación:
- El remanente se divide en dos partes iguales entre los cónyuges o sus herederos.
- Se reparten los bienes y activos restantes de acuerdo con ciertas preferencias. Por ejemplo:
- Bienes de uso personal.
- Actividades económicas gestionadas por cada cónyuge.
- Espacios profesionales o viviendas.
Para garantizar que este proceso se lleve a cabo de manera correcta y justa, es esencial contar con la orientación y asesoramiento de un Abogado de Familia especializado en el tema.
¿Qué pasa si no sé líquida la sociedad de gananciales?
No existe un plazo específico para liquidar la sociedad de gananciales. Si la sociedad no se liquida, los bienes gananciales continuarán siendo propiedad compartida por los cónyuges. Esto significa que ambos mantienen una copropiedad igualitaria sobre los bienes en cuestión.
¿Qué hay que hacer para liquidar la sociedad de gananciales?
Para liquidar la sociedad de gananciales, el proceso comienza con la formación de un inventario de bienes cuando se inicia un proceso de separación o divorcio. Si los cónyuges no llegan a un acuerdo sobre este inventario, se procede a una vista judicial. Una vez que se obtiene la sentencia de disolución, se solicita la liquidación de la sociedad. En caso de desacuerdo en esta etapa, se designa un contador partidor y, si es necesario, peritos. Es fundamental contar con la intervención de un abogado y un procurador en ambos procesos.